CERTIFICADO Expediente nº: Órgano Colegiado: FECHA DE LA SESIÓN Secretaria Interventora Fecha Firma: 20/11/2024 HASH: eaf8b0ec834c6e06d6affac16b42c885 PLN/2024/11 El Pleno 08/10/2024 ELENA PUCHALT RUIZ (1 de 2) Dña. ELENA PUCHALT RUIZ, EN CALIDAD DE SECRETARIO DE ESTE ÓRGANO, CERTIFICO:  Que en la sesión celebrada en la fecha arriba indicada se adoptó el siguiente acuerdo: PUNTO 2. EXPEDIENTE 649/2024. RECONOCIMIENTO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA O PARCIAL A MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN . ACUERDOS QUE PROCEDAN. Favorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 4, En contra: 0, Abstenciones: 3, Ausentes: 0 RESOLUCIÓN “Expediente n.º: 649/2024 Alcalde Fecha Firma: 20/11/2024 HASH: 54dda9d7247add6a10e5b2c86843b326 Informe-Propuesta de Secretaría Procedimiento: Reconocimiento de Dedicación Exclusiva o Parcial a Miembros de la Corporación Enrique Cerdeña Méndez (2 de 2) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN En relación con el expediente de reconocimiento de dedicación exclusiva o parcial a miembros de la Corporación, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Por Propuesta de Alcaldía, se inició del expediente de reconocimiento de dedicación exclusiva o parcial a los miembros de la Corporación. SEGUNDO. Se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir. TERCERO. La Alcaldía elaboró una memoria-propuesta al respecto. CUARTO. Se emitió informe por Intervención acerca de la existencia de consignación suficiente y adecuada en el Presupuesto municipal vigente para atender a las retribuciones de los cargos propuestos. LEGISLACIÓN APLICABLE PRIMERO. La Legislación aplicable es la siguiente: — Los artículos 75, 75 bis y 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Disposición adicional vigésima séptima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. — El artículo 13.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Ayuntamiento de Betancuria Pág.1 de 3 Cód. Validación: 927MAAC6T3YQ3GXQPCTKHZZZY Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 — La Orden de 12 de marzo de 1986 sobre Alta y Cotización al Régimen General de la Seguridad Social de los miembros de Corporaciones Locales con Dedicación Exclusiva. — Visto el Artículo 6. 1 del Real Decreto-ley 4/2024. SEGUNDO. A la vista de los anteriores antecedentes, teniendo en cuenta la normativa de aplicación y la doctrina expuestas, en base al Informe Jurídico obrante en el expediente, se considera que la siguiente propuesta de resolución se adecua a la legislación aplicable, procediendo su aprobación por el Pleno de la Corporación*,* conforme a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; y a estos efectos por La Secretaría-Intervención*,* se emite este, INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Determinar que el cargo de concejalía de: ·         Sector Primario, Asuntos Sociales, Protección Civil y Tráfico; Maquinaria y Vehículos, Parques Jardines y playas, y Medio Ambiente que ostenta Don José Cerdeña Rodríguez se realice en régimen de dedicación parcial al 75% por los siguientes motivos: Ya que va a dedicar parte de su jornada laboral al Ayuntamiento y debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 30 horas semanales. SEGUNDO. Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda, con efectos retroactivos a fecha de la firma del correspondiente decreto de delegación de competencias. — El cargo de Concejal, ostentado por D. José Cerdeña Rodríguez, de sector Primario, Asuntos Sociales, Protección Civil y Tráfico; Maquinaria y Vehículos, Parques Jardines y playas, y Medio Ambiente, percibirá una retribución anual bruta de 35.891,79€ €. En el período calculado desde septiembre hasta diciembre percibirá una retribución anual bruta de 11.963,92. Los efectos de la dedicación parcial se retrotraerán a la fecha de la firma del decreto de delegación de competencias. CUARTO. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia el Acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento. QUINTO. Notificar dicho Acuerdo a los interesados y al Servicio de personal e intervención para su conocimiento y efectos. Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, el que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Tras exponer la Secretaria-Interventora el contenido del expediente, D. Enrique Pérez, portavoz del grupo de Coalición Canaria, comenta en relación a este punto que no considera que el crecimiento de la población en el último año sea un argumento de base para justificar la liberación del concejal. La Secretaria- Interventora le responde que se trata un error de transcripción, ya que figuraba ya en la plantilla utilizada. Asimismo, Don Enrique Pérez apunta que en su día comentó que no había visto en el expediente si existía consignación presupuestaria suficiente para afrontar el gasto. ¿Se llevó a cabo el procedimiento de modificación de crédito para habilitar una partida a tal efecto? La Secretaria-Interventora responde que esa partida ya existía. Dº. Enrique Pérez responde que sí, que lo recuerda, pero en base a la disposición de lo consignado para la otra concejala Dª. Esperanza González Méndez, actualmente de baja por prestación de hijo a cargo. Por otro lado, el portavoz del Grupo de Coalición Canaria expone asimismo que en el informe de Intervención aparece que la propuesta fue realizada por el Departamento de Personal y no fue así. El Departamento de Personal ya no existe y sin embargo aparece un informe de la asesoría que está encargándose en la actualidad de Recursos Humanos y nóminas. Entonces no se Ayuntamiento de Betancuria Pág.2 de 3 Cód. Validación: 927MAAC6T3YQ3GXQPCTKHZZZY Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 hace en base a un informe del Departamento de Personal. También se observa un error en el informe-propuesta, ya que se nombra a una Concejala y no al propio D. José Cerdeña Rodríguez. La Secretaria-Interventora responde que se trata de simples errores de transcripción. Asimismo añade que no es necesario recurrir a una modificación de créditos porque se conoce el importe exacto y existen tanto partida presupuestaria, como crédito y asimismo consta en el expediente certificado expedido por la Secretaría-Intervención acreditándolo. El Alcalde-Presidente interviene añadiendo una puntualización relativa al Departamento de Personal: La Jefatura del Departamento de Personal la ejerce el Alcalde-Presidente. La Secretaria-Interventora interviene añadiendo que si es necesaria la corrección de algún error se procederá a ello sin problema. Tras la deliberación, los miembros presentes del Pleno del Ilmo. Ayuntamiento de Betancuria adoptar el siguiente acuerdo por cuatro votos a favor y tres abstenciones: PRIMERO. Determinar que el cargo de concejalía de: ·         Sector Primario, Asuntos Sociales, Protección Civil y Tráfico; Maquinaria y Vehículos, Parques Jardines y playas, y Medio Ambiente que ostenta Don José Cerdeña Rodríguez se realice en régimen de dedicación parcial al 75% por los siguientes motivos: Ya que va a dedicar parte de su jornada laboral al Ayuntamiento y debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 30 horas semanales. SEGUNDO. Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda, con efectos retroactivos a fecha de la firma del correspondiente decreto de delegación de competencias. — El cargo de Concejal, ostentado por D. José Cerdeña Rodríguez, de sector Primario, Asuntos Sociales, Protección Civil y Tráfico; Maquinaria y Vehículos, Parques Jardines y playas, y Medio Ambiente, percibirá una retribución anual bruta de 35.891,79€ €. En el período calculado desde septiembre hasta diciembre percibirá una retribución anual bruta de 11.963,92. Los efectos de la dedicación parcial se retrotraerán a la fecha de la firma del decreto de delegación de competencias. CUARTO. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia el Acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento. QUINTO. Notificar dicho Acuerdo a los interesados y al Servicio de personal e intervención para su conocimiento y efectos. Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, el que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable. Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º de Alcalde, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de Betancuria Pág.3 de 3 Cód. Validación: 927MAAC6T3YQ3GXQPCTKHZZZY Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3