1 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 1. ACTA Expediente nº [1] [1:1] Órgano Colegiado PLN/2025/1 El Pleno DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Tipo Convocatoria: Ordinaria Fecha: 17 de febrero de 2025 Duración: Desde las 10:00 hasta las 10:45 Lugar: CASA CONSISTORIAL Presidida por: Enrique Cerdeña Méndez Secretario: ELENA PUCHALT RUIZ ASISTENCIA A LA SESIÓN Nº de identificación Nombre y Apellidos Asiste 53206611K ELENA PUCHALT RUIZ SÍ 42885068G ELSA ANDREA PERERA PADRON NO 78535229G ESPERANZA GONZALEZ MENDEZ SÍ 42888292P Enrique Cerdeña Méndez SÍ 78531184F Enrique Pérez Brito SÍ 42886043J Genaro de Santo Tomás Armas Brito SÍ 42883286Q JOSÉ CERDEÑA RODRÍGUEZ SÍ 78527922B MANUEL ALEJANDRO MENDEZ DOMINGUEZ SÍ Excusas de asistencia presentadas: ELSA ANDREA PERERA PADRON: «No asiste por enfermedad.» Una vez verificada por el Secretario la válida constitución del órgano, el Presidente abre sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día. A) PARTE RESOLUTIVA Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 ESPERANZA GONZALEZ MENDEZ (1 de 8) Concejala Fecha Firma: 22/10/2025 HASH: fb20551793b56d26959da523ca8e86e4 Enrique Cerdeña Méndez (2 de 8) Alcalde Fecha Firma: 21/10/2025 HASH: 54dda9d7247add6a10e5b2c86843b326 Enrique Pérez Brito (3 de 8) Concejal Fecha Firma: 17/11/2025 HASH: be772043da526216ba28f969a50f66d2 2 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES DE 8/10/2024 Y 26/12/2024. ACUERDOS QUE PROCEDAN. Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Resolución: Se trae para su aprobación las actas correspondiente a la sesión del Ayuntamiento Pleno celebrada el día 8 de octubre de 2024, de carácter ordinario, el acta del Pleno celebrado el día 26 de diciembre de 2024, de carácter extraordinario, Formulada por la Presidencia la pregunta de si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al borrador del acta en cuestión, y no habiéndose formulado ninguna, se considera aprobada de conformidad con el artículo 91.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568 /1986, de 28 de noviembre. 2.-EXPEDIENTE 122/2025. REVISIÓN DE OFICIO DEL EXPEDIENTE RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BETANCURIA NÚMERO 409/2024. ACUERDOS QUE PROCEDAN. Favorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 3, En contra: 0, Abstenciones: 3, Ausentes:1 Resolución: La Secretaria-Interventora procede a la lectura del informe-propuesta de resolución: Exp.: 122/2025 ”INFORME-PROPUESTA DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN De acuerdo con lo ordenado por la Alcaldía mediante Providencia de Alcaldía, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3.3 d) 3º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, emito el siguiente, ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Vista la nota de reparo elevada esta Secretaría-Intervención Municipal en fecha de 30 /08/2024, interpuesta contra las nóminas del personal del Ilmo. Ayuntamiento de Betancuria, y aceptada por la Alcaldía-Presidencia por ser el órgano competente para el abono de las mismas, puesto que se incluían incrementos salariales no cuantificados económicamente, derivados de la aprobación de una nueva Relación de Puestos de Trabajo, aprobada en sesión plenaria de 5 de junio de 2024 y ante la sospecha de una posible nulidad de dicho instrumento, motivada en gran medida por la falta de fundamentación económica y por otros motivos que en los antecedentes siguientes se proceden a desarrollar. SEGUNDO.- Tras el examen del contenido del expediente relativo a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Betancuria, a consecuencia del cual se producen los citados incrementos, llaman la atención de esta Secretaría-Intervención Municipal elementos que no constan en el expediente citado y que a nuestro juicio, de ellos depende que los órganos colegiados puedan adoptar un acuerdo con fundamento y, asimismo, cabría destacar que sin ellos Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 Genaro de Santo Tomás Armas Brito (4 de 8) Concejal Fecha Firma: 04/02/2026 HASH: a5399eadb3ac7a201015d7d8130b0e74 MANUEL ALEJANDRO MENDEZ DOMINGUEZ (5 de 8) Concejal Fecha Firma: 31/10/2025 HASH: c804348be996c3ab06ecf12c3c014ed3 ELENA PUCHALT RUIZ (6 de 8) Secretaria Interventora Fecha Firma: 21/10/2025 HASH: eaf8b0ec834c6e06d6affac16b42c885 3 / 34 Ayuntamiento de Betancuria no se habría seguido el procedimiento legalmente establecido, por lo que el citado acuerdo plenario podría incurrir en vicio de nulidad de pleno derecho, de acuerdo con el artículo 47.1.e) de la Ley 39/2015. Cabe contrastar los siguientes razonamientos de la nota de reparo emitida en fecha de en fecha de 30/08/2024, que servirán como antecedentes de hecho, con la fundamentación realizada a fecha actual: · El expediente es informado por la Secretaría-Intervención Accidental, no por la titular, que únicamente estaba previsto que causara baja en este Ayuntamiento durante cinco meses. · En la persona informante, la Secretaria-Interventora Accidental, concurren igualmente el cargo de representante de los funcionarios en las mesas de negociación y el cargo correspondiente a la Jefatura del Departamento de Personal, con lo cual consideramos que en dicha persona concurriría causa de abstención prevista en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, cuya imparcialidad resulta susceptible de afectar al contenido del acto y en caso de ser acreditada determinante de su nulidad o anulabilidad(STS de 27/11/2018 o 27 de mayo de 2009 6 (casación 4297/05), 8 de octubre de 2009 (casación 5153/04), 11 de febrero de 2010 (casación 8980/04, 22 de febrero de 2010 (casación 1082/05) y 8 de abril de 2010 (casación 6449/04), con más motivo si la ausencia de la Secretaria-Interventora titular estaba prevista por período no superior a cinco meses. · Consta en el expediente administrativo únicamente un informe de fiscalización previa firmado por la Intervención Municipal Accidental, sin fundamentación alguna. En el mismo, la Interventora Accidental se limita afirmar lo siguiente: “Esta intervención ha comprobado que la tramitación del mismo reúne todas las previsiones que la normativa establece y que se supedita de forma estricta al cumplimiento de las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.” No consta en dicho informe si existe o no consignación presupuestaria para afrontar el incremento de gastos en el capítulo 1 que supone la modificación y aplicación de la RPT, ni tampoco los cálculos relativos al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y regla de gasto, aplicable en la liquidación de 2024. · técnico del servicio de personal Consta en el expediente administrativo un informe firmado por la misma persona que ocupa los cargos de Secretaría-Intervención Accidental y representante de los funcionarios en la Mesa General de Negociación en el que únicamente y nuevamente sin fundamentación alguna se expresa lo siguiente: “En el proyecto de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo elaborado se ha confeccionado una ficha individualizada con las funciones de cada puesto, y en cuanto a las modificaciones, y se ha valorado individualmente siguiendo un método de valoración objetivo de todos los factores que afectan tanto al complemento de destino como al especifico, lo que ha provocado subidas individuales al personal. Tal valoración se entiende que no supone un incumplimiento de las limitaciones establecidas por la LPGE.” “El proyecto de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo se incluye la revisión de las retribuciones del personal del Ayuntamiento, teniendo en cuenta los límites contenidos en la LPGE.” Realizados los cálculos oportunos a los efectos del cálculo relativo al incremento de la masa salarial, en base al artículo 19.7 de la Ley de Presupuestos Generales para el ejercicio 2023 y al artículo 6 del real decreto 4/2004 que establece que en 2024, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrá superar el incremento global del 2%. Se ha comprobado que la media de incremento de la masa salarial Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 JOSE CERDEÑA RODRÍGUEZ (7 de 8) CONCEJAL Fecha Firma: 21/10/2025 HASH: cd459d7afc4cdb66ce6cba8d46cb002b ELSA ANDREA PERERA PADRON (8 de 8) CONCEJALA Fecha Firma: 21/10/2025 HASH: b1d0a7f76a294c14c2a1d84c562894e0 4 / 34 Ayuntamiento de Betancuria aplicados los incrementos estimados de la Relación de Puestos de Trabajo suponen un incremento medio del 7,61% superior en un 5,61 % al límite establecido en la ley de presupuestos generales del estado. Por lo que su resultado es DESFAVORABLE. En este sentido podemos citar: TSJ Castilla-La Mancha (Contencioso), sec. 2ª, S 17-04-2007, nº 171/2007, rec. 239 /2003 Es cierto que en su art. 20, la Ley 65/97 (EDL 1997/25470) deja a salvo de la limitación establecida en cuanto a las retribuciones complementarias de carácter fijo y periódicas los supuestos de que la adecuación sea necesaria para asegurar que las asignadas a cada puesto de trabajo guarden la relación procedente con el contenido de especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del mismo. Igualmente, respecto de las demás retribuciones complementarias el art. 18 permite sólo las modificaciones que con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, se deriven de la variación del número de efectivos asignados a cada programa o . Pero es obvio que dichas del grado de consecución de los objetivos fijados para el mismo salvedades se refieren a supuestos específicos y concretos de aumentos de retribuciones por las circunstancias especificadas, pero en ningún caso amparan supuestos de un generalizado e hecho, la alegación del Ayuntamiento de que se trata de la "adecuación aumento retributivo. D de los salarios a determinados puestos de trabajo" o de que se trata de la "recatalogación de determinados puestos de trabajo" resulta absolutamente insostenible si se tiene en cuenta que la elevación retributiva afecta a todo el personal municipal. O la Tribunal Supremo (Contencioso), sec. 7ª, S 13-10-2014, rec. 4257/2012 “consideramos absolutamente convincente la argumentación de oposición de la Abogada del Estado en su doble aspecto de: a) la vinculación a los presupuestos fácticos de que parte la Sentencia, entre los que no se incluye ninguno atinente a circunstancias excepcionales, del nº 7 del art. 22 base de partida para la eventual subsunción del caso en la excepción de la Ley 26/2009 de Presupuestos Generales del Estado ; y b) de la interpretación del referido precepto legal, determinante de la imposibilidad de incluir el caso actual, que consiste en un cambio generalizado de las retribuciones de todos los empleados por la aprobación , en el supuesto fáctico de dicho precepto legal, de una nueva Relación de Puestos de Trabajo referido a adecuaciones retributivas necesarias de carácter singular y excepcional, interpretación avalada por la jurisprudencia atinadamente invocada en su escrito a la que procede que nos atengamos. De la que destacamos la cita que se realiza en la misma sentencia: c) Que aunque sea cierto que la nueva RPT fué la causa de los incrementos retributivos por encima de lo permitido, «la mera aprobación de tal instrumento de ordenación no puede , como señala la Sentencia de instancia, considerase circunstancia singular y excepcional para excluir la aplicación del párrafo 2 del art. 22 de la LPGGE, pues derrotaría y haría inane su tenor: bastaría aprobar formalmente este instrumento, para que la limitación impuesta por la Ley de PPGGE (cuya legitimidad ha sido reiteradamente consagrada por la Jurisprudencia de nuestro TS, como citábamos en nuestra demanda) quedará sin efecto» .; y que «una mejora retributiva generalizada, como la realizada por el Ayuntamiento aprobando la RPT referida, nunca puede ser razonablemente considerada como "singular", puesto que se trata de una verdadera . En abono de tal planteamiento se citan las siguientes contradicción en los términos» sentencias: de la Sección 4ª de esta Sala de 17 de septiembre 2012 [correspondiente al recurso de casación 2.838/2011], de la que transcribe amplios pasajes (que hemos comprobado corresponden a sus Fundamentos de Derecho Tercero y Primero); la Sentencia del Tribunal Constitucional 222/2006 , dictada en el recurso de inconstitucionalidad de una Ley vasca opuesta a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1997, de la que transcribe un pasaje (que hemos comprobado corresponde a su F.J. 7º); y del mismo Tribunal STC 148/2006, de la que Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 5 / 34 Ayuntamiento de Betancuria igualmente transcribe un pasaje, (que hemos comprobado corresponde a su F.J. 9º), aludiendo igualmente, con transcripción selectiva de contenidos, a una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, de 5 de mayo de 2008.” En el mismo sentido, se pronunció el TSJ de la Comunidad Valenciana en su Sentencia de 2 de noviembre 2012: “ la Sala no comparte las conclusiones que de la normativa extrae la Administración para justificar el incremento retributivo por encima de los topes fijados por la legislación estatal, pues éste no se subsume en el supuesto específico previsto en la norma, en el que se alude a una situación de carácter excepcional que resulte imprescindible por el contenido de los puestos de trabajo, la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados, siempre con estricto cumplimiento de la normativa vigente pero sin que ello justifique que la modificación de la RPT suponga un incremento retributivo global en toda la plantilla del Ayuntamiento contraviniendo lo dispuesto en el art.22,2º Ley 26/2009 y excediéndose así de la autonomía de las corporaciones locales (FJ 3).” A este respecto añadir finalmente, por la trascendencia que sobre la ejecución de dichos incrementos salariales contrarios a la LPGE que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. no podrán adquirirse compromisos de gasto ni adquirirse obligaciones por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos y las disposiciones generales con rango inferior a ley que incumplan esta limitación, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran resultar exigibles. · No existe en el expediente administrativo estimación de costes de personal alguna sobre los incrementos que en su caso se producirían de modificarse la Relación de Puestos de Trabajo y sobre qué partidas presupuestarias se aplicarían. Actualmente ya se dispone de informe elaborado por Asesoría Ravelo de la estimación de los costes citados, con lo que conocidos los costes aplicados a cada trabajador es posible determinar la partida. Se exceptúan de tales cálculos, dos funcionarias interinas, un trabajador contratado vía convenio, una trabajadora en régimen de indefinida, no fija, y una trabajadora en sustitución de otra en régimen de incapacidad permanente revisable, puesto que en los informes de la Secretaria- Interventora Accidental, no se contempla la aplicación de la RPT a este tipo de personal. · Vistas las actas de las mesas generales de negociación que constan en el expediente administrativo de 14 y 29 de mayo de 2024 respectivamente no constan reflejados los debates mantenidos, simplemente se hace referencia a que “los miembros presentes acuerdan aprobar por unanimidad la negociación para la aprobación de los puestos de trabajo del Ilmo. Ayuntamiento de Betancuria. En cuanto a este punto, si bien las actas de las preceptivas reuniones de la Mesa General de negociación en los términos previstos en los artículos 35 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5 /2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, resultan excesivamente parcas, y por tanto pudieran advertirse algunas omisiones en cuanto a su desarrollo, lo cierto es que a las partes intervinientes se le dio traslado de todo el contenido del proyecto de modificación de la RPT y de los informes obrantes en el expediente, el cual fue aprobado por unanimidad. · Visto que dicho expediente implica modificaciones sustanciales en relación a la anterior relación de puestos de trabajo, no debería haberse seguido el procedimiento de modificación de la relación de puestos de trabajo, sino el de aprobación de una nueva Relación de Puestos de Trabajo con la consiguiente disposición derogatoria de la anterior. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 6 / 34 Ayuntamiento de Betancuria · Visto que a juicio de esta Intervención y sin entrar en el fondo del asunto, se han producido numerosas situaciones de desigualdad en la valoración de los puestos de trabajo, que podrían ser constitutivas de vicio de nulidad de acuerdo con el artículo 47.2 de la Ley 39/2015 sobre todo centradas en la aplicación de diferentes complementos de destino en plazas iguales o similares dentro del mismo grupo o complementos específicos que no guardan relación comparativamente con los de otros puestos en cuanto a dificultad técnica, dedicación requerida, responsabilidad exigida, incompatibilidad necesaria y peligrosidad o penosidad, ni con el número de funciones asignadas. · Como establece Disposición Transitoria Primera de la citada Relación de Puestos de Trabajo: La primera convocatoria para incrementar el grado personal tendrá lugar en el mes de junio de 2024 para todo el personal municipal, adoptándose a tales efectos las medidas , efectuándose con carácter anual los meses de marzo de presupuestarias necesarias para ello cada año. Únicamente en el informe de la Interventora Accidental se dispone lo siguiente: “En cuanto a la modificación del nivel de complemento de destino de los puestos de Arquitecto Técnico, Trabajadora Social Coordinadora, Oficial de Primera, dos Policías Locales, Asesora Jurídica, y dos auxiliares administrativas, se considera que dicha modificación es correcta, dado que hace más de 23 años que no se han subido el nivel. Se adjunta certificado de antigüedad en el Ayuntamiento. En cuanto a la modificación del complemento específico asignado a los 13 puestos de trabajo de Arquitecto Técnico, Trabajadora Social Coordinadora, Oficial de Primera ,dos Policías Locales, Asesora Jurídica, y dos auxiliares administrativas, Tres ayuda a domicilio, dos limpiadoras se consideran que los mismo son adecuados.” · No se ha procedido a realizar la oportuna modificación presupuestaria para proceder a sufragar el coste que supondría la aplicación de estos incrementos y que por parte de esta Intervención se desconoce, puesto que por parte del Departamento de Personal no se puso en su conocimiento ninguna estimación sobre el incremento que supone esa aplicación del contenido de la RPT. · Tampoco se ha seguido el procedimiento establecido por la propia Relación de Puestos de Trabajo para incrementar el grado personal ya que en el mes junio de 2024 no había entrado en vigor el documento de la RPT, cuya vigencia comenzó el día 16 de julio de ese mismo año. · Tras la entrada en vigor del documento relativo a la RPT, no se ha procedido a realizar convocatoria alguna relativa al procedimiento para incrementar el grado personal. · Aunque se hubiese seguido el procedimiento establecido por la propia Relación de Puesto de Trabajo del Ilmo. Ayuntamiento de Betancuria, dispone el artículo 6 del citado documento que los efectos del reconocimiento de la adquisición del grado personal en un nivel tendrán lugar a partir del 1 de enero del año siguiente al de la adopción del acuerdo citado. · En las nóminas del mes de julio de 2024 ya se habían aplicado los citados incrementos. Durante este mes esta Secretaría-Intervención se encontraba ocupada por un cargo accidental. · Puesto que por el Departamento de Personal no dio cuenta a esta Intervención de estimación alguna relativa al incremento que supone esa aplicación del contenido de la RPT, no fue posible partir de una base para detectar con celeridad los incrementos que se produjeron nómina por nómina. A día de hoy ya disponemos de los informes pertinentes para realizar la estimación de los citados incrementos que se han producido debido a la aprobación de la RPT municipal como hemos hecho constar en los puntos anteriores. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 7 / 34 Ayuntamiento de Betancuria · De conformidad con el artículo 39.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa. Sobre la naturaleza jurídica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, tras la Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de febrero de 2014, ha roto su anterior jurisprudencia considerando que la naturaleza jurídica de las relaciones de puestos de trabajo es, exclusivamente, la de acto administrativo, y no la mixtura de éste con la de norma o disposición general, si bien a efectos sustantivos siempre las había considerado como lo primero (7) . Y siguiendo dicho criterio jurisprudencial, de acuerdo con el art. 51 de la Ley 7/1985, en relación con el art. 39.1, de la ley de procedimiento administrativo de 26 de noviembre, así como con el art. 208 del Real Decreto 2.568/1986, «los actos de las Entidades locales son inmediatamente ejecutivos, salvo en aquellos casos en que una disposición legal establezca lo contrario o cuando se ». suspenda su eficacia de acuerdo con la Ley Según la redacción del art. 51 de la Ley 7/1985 una relación de puestos de trabajo será de aplicación Así, debemos excepto en aquello que una norma de rango legal prohíba. considerar que los efectos de la aprobación de este acto administrativo son de plena aplicación al ejercicio correspondiente en todo lo referido a su función organizativa y de estructuración de los recursos humanos de la Entidad Local de acuerdo con el art. 74 del RDL 5/2015 (denominación de los puestos, descripción de tareas, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, así como los sistemas de provisión); pero no podemos sostener lo mismo respecto de las retribuciones que hayan derivado de la aprobación de una relación de puestos de trabajo, las cuales serían de aplicación siempre y cuando no fueran contrarias a lo establecido en alguna disposición legal. Según lo anterior, ni las retribuciones globales de los, ni la masa salarial del personal laboral originadas por un procedimiento de valoración de puestos de trabajo, pueden suponer incrementos globales retributivos (considerados en términos de homogeneidad) por encima de los previstos en las sucesivas leyes presupuestarias estatales de cada ejercicio. Por todas éstas, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en su art. 19 establece lo siguiente: «Dos. 1. En el año 2023, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo». (…) «Cuatro. 1. La masa salarial del personal laboral, que podrá incrementarse en el porcentaje máximo previsto en el apartado dos de este artículo, en términos de homogeneidad para los dos períodos objeto de comparación, está integrada por el conjunto de las retribuciones salariales y extrasalariales devengadas por dicho personal en el año anterior». (…) «Ocho. Los acuerdos, convenios o pactos que impliquen crecimientos retributivos superiores a los fijados en este artículo deberán experimentar la oportuna adecuación, deviniendo inaplicables las cláusulas que se opongan al mismo.». En cuanto al artículo 6 del real Decreto 4/2024 se establece lo siguiente: Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 8 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 1. En el año 2024, las retribuciones del personal al servicio del sector público podrán experimentar un incremento global máximo del 2 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, incluidos en estas últimas los incrementos derivados de lo previsto en el artículo 19.Dos.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Este incremento retributivo tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2024. 2. Asimismo, con efectos de 1 de enero de 2024, se aplicará, en su caso, un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por ciento, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, si la suma de la variación del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024. · Visto que el artículo 3. 3. d) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional establece como uno de los supuestos en los que en todo caso se emitirá informe previo de Secretaría en los supuestos de aprobación y modificación de relaciones de puestos de trabajo y catálogos de personal. Habida cuenta de que La Secretaria-Interventora accidental carecía de nombramiento expreso en el momento de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo, ya que renunció al puesto de forma “indeclinable” en fecha de 12 de marzo de 2024, lo que comportaría la nulidad de los informes correspondientes a Secretaría-Intervención accidental, preceptivos en el citado expediente administrativo según el artículo citado. Dichos informes resultarían asimismo imprescindibles a los efectos de una adecuada formación de la voluntad del órganos colegiados. FUNDAMENTOS JURÍDICOS La Legislación aplicable es la siguiente: — Los artículos 47.1, 39.1, 106, 108 y 110 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. — Los artículos 51, 31.1.o, 37.i), 120 y 124 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. — Los artículos 11.1.D.b) y 20 a 22 de la Ley 5/2002, de 3 de junio, del Consejo Consultivo de Canarias. — Los artículos 4.1.g), 22.2.j) y 110 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. —El artículo 208 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. —El artículo 19 Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. —Artículo 3. 3. d) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional —Artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social. —Artículo 46 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 9 / 34 Ayuntamiento de Betancuria Visto cuanto antecede y de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Iniciar procedimiento para la revisión de oficio del acto: Expediente 409/2024 Aprobación del expediente relativo a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ilmo. Ayuntamiento de Betancuria. Por considerar que se encuentra incurso en la siguiente causa de nulidad establecida en el artículo 47.1.e) de la Ley 39/2015: e) Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados. f) Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición. g) Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición con rango de Ley. SEGUNDO. Suspender la ejecución del acto administrativo dado que podrían causarse perjuicios de imposible o difícil reparación, como son: · Prejuicio a los trabajadores debido a que se verían obligados a reintegrar a la Administración todas las cantidades cobradas indebidamente, puesto que los incrementos retributivos contemplados en el documento relativo a la Relación de Puestos de Trabajo son contrarios a los apartados dos y ocho del artículo 19 de la Ley del Presupuestos Generales para el ejercicio 2023 y al artículo 6 del real decreto 4/2004 por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social. · Perjuicios derivados de la convocatoria de plazas al amparo de la citada Relación de Puestos de Trabajo, pues la nulidad del citado acto administrativo supondría asimismo la nulidad de las plazas convocadas generando graves perjuicios tanto a la Administración como a los terceros involucrados. TERCERO. Notificar la iniciación del procedimiento a los interesados para que en el plazo de diez días, presenten las alegaciones y sugerencias que consideren necesarias. CUARTO. Dar traslado del expediente, una vez finalizado el trámite de audiencia a los interesados, a los Servicios Municipales para que informen las alegaciones presentadas. QUINTO. Remitir el expediente a la Secretaría, tras el informe técnico, para la emisión del informe propuesta. SEXTO. Con los informes anteriores, trasládese a la Comisión informativa de Hacienda para su estudio y propuesta de aprobación, que se elevará al Pleno en la próxima sesión que se celebre. SÉPTIMO. Solicitar, realizados todos los trámites anteriores y adjuntando la propuesta de resolución, el Dictamen del Consejo Consultivo de Canarias. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 10 / 34 Ayuntamiento de Betancuria OCTAVO. Suspender el plazo máximo legal para resolver el procedimiento por el tiempo que medie entre la petición del Dictamen al Consejo Consultivo de Canarias y su recepción. NOVENO. Recibido el Dictamen del Consejo Consultivo de Canarias, dado el carácter previo y vinculante del mismo, elevar el expediente al Pleno en la próxima sesión que se celebre. UNDÉCIMO. El pago retroactivo de las cantidades dejadas de percibir desde agosto de 2024, quedará supeditado al sentido del informe que emita el Consejo Consultivo de Canarias, puesto a que se superan los límites máximos establecidos en el artículo 19.2 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2022 y el artículo 6 del Real Decreto 4/2004. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” La Secretaria-Interventora procede a la exposición del punto, comentando que el expediente ha conllevado un profundo estudio. Se ha intentado realizar una convalidación del expediente administrativo, pero en base a todas las cuestiones que se exponen en los informes no ha sido posible. Realizado el informe económico financiero de la Intervención arroja resultados desfavorables, debido a que se superan los límites de la Ley de Presupuestos Generales del Estado y del Real Decreto 4/2004. Esto suele darse de forma habitual ya que los límites permitidos por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado suelen ser muy bajos. La Secretaria-Interventora sigue comentando que habitualmente las Administraciones cometen el error de justificar las subidas de retribuciones globales que se realizan a través de la aprobación de las Relaciones de Puestos de Trabajo por la vía del artículo 19.7 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023, que dispone que las subidas de carácter individualizado son una excepción a los límites establecidos a la Ley de Presupuestos Generales del Estado. No obstante, como se dispone en los informes emitidos, la Jurisprudencia es unánime en cuanto a que este tipo de incrementos se consideran colectivos, no individualizados. Tras aprobar sus RPT muchos ayuntamientos han sido requeridos por órganos de control externo como el Tribunal de Cuentas y la Delegación Del Gobierno en Canarias y han terminado siendo declaradas nulas sus Relaciones de Puestos de Trabajo con la consecuencia de tener que reintegrar los trabajadores las retribuciones percibidas desde la fecha de su aprobación. Con lo cual, en nuestro caso, se propone supeditar el pago de las cantidades no percibidas hasta la fecha al sentido del dictamen del Consejo Consultivo de Canarias, ya que no tiene ningún sentido comenzar a pagar a los trabajadores para que en un futuro se vean obligados a tener que devolver lo percibido, puesto que si la RPT se declara nula, los actos nulos no producen efectos. Aparte, el expediente reviste otros defectos procedimentales, como por ejemplo la falta de nombramiento de la Secretaria-Interventora Accidental, que renunció en fecha de 12 de marzo de 2024 y a partir de su renuncia no hay ningún nombramiento expreso hacia ningún funcionario. El Alcalde se reunió con la Viceconsejería de la Función Pública del Gobierno de Canarias para comentarles el estado del expediente de la Relación de Puestos de Trabajo entre otras cosas a los efectos de intentar convalidar la falta de nombramiento de la Secretaria-Interventora Accidental y de estudiar una posible justificación del incremento por la vía del mencionado artículo 19. 7 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y contestaron que lo que recomendaban era la revisión de oficio del expediente. En el procedimiento de revisión de oficio, el Consejo Consultivo de Canarias debe emitir informe favorable o desfavorable, en el que se basará la propuesta final que se elevará a Pleno. El portavoz del Grupo Coalición Canaria inicia la exposición del punto comentando que los miembros del Grupo de Coalición Canaria votaron por unanimidad junto con los miembros del Grupo de Gobierno la modificación de la RPT, y no se está aplicando. Fue aprobada después de celebrar muchas mesas de trabajo y negociación con los sindicatos después de mucho estudio. Por otra parte, comenta que a ellos no les consta que existieran informes ocultos de la secretaria- Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 11 / 34 Ayuntamiento de Betancuria Interventora Accidental, ya que en la Comisión de Hacienda se dijo que no se habían dado cuenta hasta entonces porque no sabían de la existencia de esos informes, que se dieron cuenta cuando les llegaron unos requerimientos de Función Pública. El Portavoz del Grupo de Coalición Canaria se dirige a la Secretaria para comentarle que no ven claro el expediente de revisión de oficio de la Relación de Puestos de Trabajo debido a que se ha necesitado demasiado tiempo para iniciar este procedimiento. Se dirige a la Secretaria para comentarle que si se superan en más de un cinco por ciento los límites de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, no merece la pena estar haciéndoles perder el tiempo a los trabajadores, ya que el Consejo Consultivo seguramente emitirá informe favorable a la nulidad del expediente y recomienda que se inicien cuanto antes los trámites a los efectos de aprobar una nueva Relación de Puestos de Trabajo, ya que iniciar una revisión de oficio es perder el tiempo. Hace ya mucho tiempo, diez meses, que se aprobó la RPT y se sigue hablando de lo mismo. No entienden como esas deficiencias no se percibieron antes. D. Enrique Pérez sigue comentando que el voto de su grupo va a ser la abstención, debido a que ya en su día se votó por unanimidad la RPT y actualmente está en vigor y no se está aplicando. El grupo sigue sin entender por qué no se les paga a los trabajadores habiéndose producido un acuerdo en las mesas generales de negociación. El Alcalde-Presidente aclara al Portavoz del Grupo Coalición Canaria que no se realizó tal afirmación en la Comisión Informativa de Hacienda. Dº. Enrique Pérez responde que cuando preguntó por qué no se habían percatado antes de que había que iniciar una revisión de oficio, los asistentes respondieron que había dos informes de cuando estaba la Secretaria Accidental que habían llegado de Función Pública y que no habían tenido en cuenta. Dº. Enrique Pérez añade que entonces habrá que empezar a grabar las Comisiones de Hacienda también y pregunta a la Secretaria si no fue eso lo que se dijo. La Secretaria-Interventora le responde que no. D. Enrique Pérez añade que lo que se dijo es que se dieron cuenta cuando llegó el informe de Función Pública con la advertencia que había dos informes que no habían visto. El Alcalde Presidente le aclara que lo que se hizo fue un informe sobre lo que Función Pública advirtió que no estaba correcto. Los informes no se ocultan, son todos transparentes. Dando por finalizado el debate, el Alcalde-Presidente procede a iniciar el turno de votaciones. Se procede a una primera votación del punto con el resultado de tres votos a favor del grupo Unidos por Betancuria y tres abstenciones del grupo Coalición Canaria. En segunda votación es aprobado por tres votos a favor, tres abstenciones y el voto de desempate del Alcalde. 3.- EXPEDIENTE 92/2025. APROBACIÓN RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS (REC). ACUERDOS QUE PROCEDAN. Favorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 3, En contra: 0, Abstenciones: 3, Ausentes:1 Resolución: Se da lectura lectura a la al dictamen de la comisión especial de cuentas, cuyo tener literal se inserta a continuación: Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 12 / 34 Ayuntamiento de Betancuria DICTAMEN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS CONSIDERANDO la remesa de facturas presentada en el punto general de entrada de facturas electrónicas de esta Administración (FACe) con fecha anterior a 31/12/2024, obligaciones adquiridas en 2024, sin que hubiera dado tiempo material de su reconocimiento. CONSIDERANDO que estas obligaciones pendientes se consideran indebidamente adquiridas por concurrir alguno/os de los supuestos que recoge el Tribunal de Cuentas en su clasificación de obligaciones indebidamente adquiridas, tal y como dispone en el meritado informe núm. 1415: a pesar de contar con crédito adecuado y suficiente en 2024 (ejercicio en que se devengaron), se trata de gastos comprometidos adquiridos sin la oportuna licitación del contrato cuando era preceptivo o sin expediente administrativo (procedimiento de contratación abierta). A la vista de los siguientes antecedentes: - Informe de Intervención (nota de reparo). - Providencia de Alcaldía. - Informe del Órgano gestor. - Informe jurídico de Secretaría. - Informe de Intervención y propuesta de resolución. - Resolución de Alcaldía núm. 2025-0035 de fecha 06/02/2025. En base a lo anteriormente expuesto, de conformidad con el artículo 60.2 del Real Decreto 500 /1990, de 20 de abril y realizada la tramitación legalmente establecida, tras una breve deliberación, los miembros asistentes a la Comisión Especial de cuentas proponen al Pleno, con 2 votos a favor y 1 abstención, la adopción del siguiente ACUERDO PRIMERO. Aprobar el reconocimiento extrajudicial de los créditos (REC) de las obligaciones que se desprenden de la remesa de facturas adjunto (Anexo I), correspondientes a obligaciones pendientes de aplicar del ejercicio 2024 (cerrado). SEGUNDO. Aplicar, con cargo al Presupuesto del ejercicio 2025, los correspondientes créditos imputándose a las aplicaciones presupuestarias que consten en los documentos contables de pendientes de aplicación. La Secretaria-Interventora inicia la exposición del punto exponiendo la figura del reconocimiento extrajudicial de créditos. El reconocimiento extrajudicial de créditos es una figura presupuestaria que se aprueba por el Pleno cuando existen una serie de facturas que han quedado pendientes de aprobar en el ejercicio anterior, cuando la fase del reconocimiento de la obligación no se ha producido en el ejercicio anterior. Normalmente se trata de facturas que no se han aprobado por el procedimiento legalmente establecido, las que se pagan tras el levantamiento de los reparos que interpone la Intervención Municipal, dichas facturas deben ser reconocidas y pagadas a través del reconocimiento extrajudicial de créditos y eso es lo que se eleva al presente Pleno. Adjunto al expediente existe un listado de las facturas pendientes de pago, que son entre otras, las típicas de los contratos que ya han finalizado y se encuentra pendiente de iniciar un procedimiento de contratación abierta, como recogida de basura y limpieza viaria o el suministro de combustible. Estas facturas están contabilizadas en la cuenta 413 y desde que se vayan abonando saldrán de esa cuenta y después en la liquidación se realizará un ajuste presupuestario. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 13 / 34 Ayuntamiento de Betancuria D. Enrique Cerdeña da la palabra al portavoz del Grupo de Coalición Canaria, D. Enrique Pérez. D. Enrique Pérez responde con respecto a este punto que se trata de un procedimiento extraordinario y lógicamente el grupo de Coalición Canaria se va a abstener y vuelve a reiterar que eso se ha producido por falta de gestión. Toma en consideración, además, de que la mayoría de las cuantías son de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas que se encuentra pendiente de inicio la contratación abierta. Desde el Grupo de Coalición Canaria se invita al Grupo de Gobierno a iniciar los trámites para realizar un nuevo contrato de recogida de basura y limpieza viaria y todos los que se encuentran pendientes, ya que en el pleno de agosto se elevó una solicitud para que se retomaran esos contratos. Estamos en febrero y se elevó al pleno de agosto. Hay también muchas facturas de la gasolinera pendientes. Son procedimientos extraordinarios que no se deberían utilizar para trámites habituales. En nombre de su grupo solicita que por favor se inicie la licitación esos contratos para evitar esas consecuencias. Tras la exposición del Portavoz del Grupo de Coalición Canaria se procede a una primera votación del punto con el resultado de tres votos a favor y tres abstenciones. Se realiza una segunda votación del punto en la cual es aprobado por tres votos a favor y tres abstenciones con el voto de calidad del Alcalde-Presidente. 4.- EXPEDIENTE 100/2025. DESIGNACIÓN DE LAS FIESTAS LOCALES DEL MUNICIPIO DE BETANCURIA PARA EL AÑO 2026. ACUERDOS QUE PROCEDAN. Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Resolución: Por la Secretaria-Interventora se procede a la exposición de la propuesta de acuerdo emitida por el Alcalde: Visto el escrito remitido por la Dirección General de Trabajo, del Gobierno de Canarias, registro de entrada en esta Administración núm. 2025-E-RC-176 de fecha 31/01/2025 12:16, mediante el que solicita certificado de acuerdo plenario alcanzado, sobre los dos días de fiesta local para el año 2026. Dada cuenta la Propuesta de la Alcaldía de fecha 4 de febrero de 2025, que se transcribe a continuación: PROPUESTA DE LA ALCALDÍA Siendo preciso proceder a la designación de las Fiestas Locales para el próximo año 2026, esta Alcaldía, en uso de las facultades que me confiere la vigente normativa legal, PROPONGO: . Designar los días 14 de julio (Festividad de San Buenaventura) y 24 de agosto PRIMERO (Festividad de San Bartolomé) como las dos Fiestas Locales para el año 2026. Dar traslado de la presente a la Dirección General de Trabajo del Gobierno de SEGUNDO. Canarias. En Betancuria, en la fecha de la firma digital. EL ALCALDE, Fdo.- D. Enrique J. Cerdeña Méndez.“ La propuesta es aprobada por unanimidad de los miembros presentes en la votación. 5.- EXPEDIENTE 104/2025.MOCIÓN RELATIVA A LA APROBACION DE LAS ORDENANZAS DE AYUDA A LA EMERGENCIA SOCIAL. PRESENTADA POR EL GRUPO DE COALICIÓN CANARIA EN EL AYUNTAMIENTO DE BETANCURIA. ACUERDOS QUE Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 14 / 34 Ayuntamiento de Betancuria PROCEDAN. Desfavorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 3, En contra: 3, Abstenciones: 0, Ausentes:1 Resolución: Dada cuenta de la moción presentada por el Concejal Don enrique Pérez Brito Portavoz del Grupo Coalición Canaria en el Ayuntamiento de Betancuria registro de Entrada núm.2025-E-RC-183 09: 13 de fecha 03/02/2025 que se transcribe a continuación: ” . APROBACIÓN DE LAS ORDENANZAS DE AYUDA A LA EMERGENCIA SOCIAL Enrique Perez Brito Portavoz del Grupo Coalición Canaria en el Ayuntamiento de Betancuria, integrado por Manuel Alejandro Méndez Dominguez y Genaro Santo Tomas Armas Brito, comparece y de acuerdo y al amparo de lo previsto en el reglamento de Organización, funcionamiento y Regimen Jurídico de las Entidades Locales y asimismo lo establecido en el Reglamento Orgánico Municipal el Grupo Coalición Canaria-Partido Nacionalista Canario desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Como Grupo Político de este Municipio, vemos como existe una alta demanda de solicitudes por ayuda de emergencia social. Estamos a favor de que este tipo de ayudas llegue a cuanta más, persona mejor. Pero vemos situaciones a las cuales no están llegando o son insuficientes. Para ello creemos que es fundamental que se regulen, o se apliquen de forma correcta. Por ello es necesario tener unas ordenanzas efectivas, claras y transparentes, como pasa con cualquier otro tipo de subvenciones o ayudas que se dan desde cualquier institución. Esto no solo favorece que las personas que las necesitan, las solicitan y las reciben puedan tener más opciones. Sino como administración local se de clara muestra de transparencia equidad y proporcionalidad. Principios básicos para gestionar el dinero público y mas con cuestiones tan delicadas como estas de Emergencia Social. PROPUESTA DE ACUERDO Solicitamos al Pleno de Betancuria que acuerde: Que se trabajen en las bases de esta ordenanza y se aprueben de forma definitiva, para favorecer que estas ayudas se den con objetividad y no de forma arbitraria. Fdo. (Rubricado)” El Alcalde-Presidente le cede la palabra al Portavoz del Grupo de Coalición Canaria que inicia el debate: D. Enrique Pérez explica el contenido de la moción e invita al Grupo de Gobierno a apoyarles en la misma y si no que inicien los trámites. Solicitan que se redacten las ordenanzas relativas a ayudas de emergencia social ya que no existe ninguna a día de hoy. Se están concediendo ayudas de emergencia social sin criterio, personas sin ingresos que no reciben ayudas y personas con ingresos sí. Se está dando una desproporción de criterios a la hora de conceder esas ayudas. Es necesario aprobar las ordenanzas y deberían haberse aprobado hace tiempo. El Grupo de Coalición Canaria no se posiciona en contra de esas ayudas pero sí que solicita que se concedan de forma transparente, que los vecinos puedan revisar las ordenanzas y puedan comprobar si tienen opción a pedirlas o no. Se aprobaron ayudas en septiembre u octubre para los libros escolares y se ha comentado en Pleno en otras ocasiones. El Grupo de Coalición Canaria solicita que se concedan esas ayudas a todos los niños que estén empadronados y que estén en las escuelas unitarias de Betancuria. Primero se aprobó una ayuda de 80 euros por beneficiario septiembre u octubre que no llegó ni a la mitad de los padres, pero después en torno a septiembre y octubre se concedieron Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 15 / 34 Ayuntamiento de Betancuria ayudas de hasta 350 euros por libros a los alumnos aplicando criterios incomprensibles. La concesión de ayudas debería tratarse de una forma mucho más seria. La propuesta es que se apruebe la ordenanza, seguramente el Grupo de Gobierno contará con el apoyo de Coalición Canaria para ello, a los efectos de que todos los vecinos se puedan beneficiar de las ayudas por igual. El Alcalde-Presidente le responde que se está trabajando en la ordenanza hace un año o año y medio y que está en fase de estudio. Por otro lado, en el Ayuntamiento todo lo se aprueba con informe técnico de cada departamento, si los técnicos las están concediendo será por que son conformes, ya que se dan en base a unos criterios. Sí que es cierto que falta una ordenanza. El Grupo de Gobierno va a votar en contra, simplemente porque el borrador de esa ordenanza ya está en trámite y la intención es aprobarla cuanto antes. Entiende que si los técnicos están informando las ayudas será porque está dentro de la legalidad. Se procede a la primera votación del punto con el resultado de tres votos a favor y tres en contra. Se procede a una segunda votación con el resultado de tres votos a favor y tres en contra con el voto de calidad del Alcalde en contra, por lo que se desestima la moción. 6.- EXPEDIENTE 103/2025. MOCION RELATIVA AL RETO DEMOGRAFICO, ENFOCADA A COMBATER LA DESPOBLACIÓN PRESENTADO POR EL GRUPO DE COALICIÓN CANARIA EN EL AYUNTAMIENTO DE BETANCURIA. ACUERDOS QUE PROCEDAN. Desfavorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 3, En contra: 3, Abstenciones: 0, Ausentes:1 Resolución: Dada cuenta de la moción presentada por el Concejal Don enrique Pérez Brito Portavoz del Grupo Coalición Canaria en el Ayuntamiento de Betancuria registro de Entrada núm.2025-E-RC-182 09: 07 de fecha 03/02/2025 que se transcribe a continuación: “MOCION RELATIVA AL RETO DEMOGRAFICO. ENFOCADA A COMBATIR LA DESPOBLACION. Enrique Pérez Brito Portavoz del Grupo Coalición Canaria en el Ayuntamiento de Betancuria, integrado por Manuel Alejandro Méndez Dominguez y Genaro Santo Tomas Armas Brito, comparece y de acuerdo y al amparo de lo previsto en el reglamento de Organización, funcionamiento y Regimen Jurídico de las Entidades Locales y asimismo lo establecido en el Reglamento Orgánico Municipal el Grupo Coalición Canaria-Partido Nacionalista Canario desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El municipio de Betancuria es el mas pequeño de toda la comunidad Canaria. Contamos, además, con un alto porcentaje de población mayor. Con lo cual, no se espera que nuestro censo de habitantes vaya a crecer. Como responsables públicos, estamos en la obligación de buscar formulas a mecanismos, para que nuestro municipio crezca y se desarrolle de una manera eficaz. Se garantice y mejore la calidad de vida de las personas que viven aquí. *Actualmente estamos viendo como tanto el Gobierno del Estado, como el propio Gobierno de Canarias, están trabajando en paquetes de medidas para combatir la despoblación y el Reto Demográfico. Por todo lo anteriormente expuesto, presentamos un primer paquete de medidas que creemos que si se aplicaran, mejorarla mucho, bajo nuestro punto de vista, la vida de nuestros vecinos y vecinas y se propiciarla que vinieran nuevas personas a vivir al mismo. • **Medidas del Reto Demográfico para combatir la despoblación en Betancuria: * 1. Incentivos fiscales y económicos: Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 16 / 34 Ayuntamiento de Betancuria • Reducción de impuestos para residentes y empresas que se instalen en nuestro municipio. • Subvenciones y ayudas para emprendedores locales y pequenos negocios. 2. Fomento del empleo local: • Promoción de sectores estratégicos (agricultura, turismo rural, ganaderla, energías renovables). · Planes de formación profesional enfocados en empleos demandados en el area. 3. Promoción del teletrabajo: · Promover nuestro municipio, para facilitar que vengan a trabajar Nómadas Digitales. 4. Mejora de infraestructuras y conectividad · Mejora de carreteras, transporte público y acceso a servicios básicos. · Extensión de internet de alta velocidad y telefonía móvil en áreas rurales. Incentivos para empresas que permitan el teletrabajo desde estas zonas. · Creación de espacios de coworking equipados con tecnología moderna. *5. Acceso a vivienda aseguible. · Construcción o rehabilitación de viviendas para jóvenes y familias. · Planes de alquiler con precios reducidos o subvencionados. • Reducción al mínimo del Impuesto de Construcción e Instalaciones, para las licencias de nueva obra y rehabilitación de viviendas. . 6. Apoyo a la educación y formación • Gratuidad de los libros y materiales educativos, de los estudiantes que estén matriculados en las escuelas unitarias de nuestro municipio y figuren como empadronados en el mismo. • Poner los medios necesarios para garantizar un transporte para los estudiantes que cursen estudios secundarios fuera de nuestro municipio. •Garantizar escuelas y servicios educativos de calidad, incluyendo un buen servicio de transporte y acogida temprana y eco comedores. • Incentivar la creación de programas educativos especializados en entornos rurales. 7. R e v i t a l i z a c i ó n C u l t u r a l y S o c i a l . • Organización de eventos culturales, ferias y mercados locales. • Fomento de la identidad cultural y tradiciones del municipio. **8. Apoyo a la natalidad y conciliación. ** • Subvenciones para familias con hijos o ayudas a la maternidad. • Servicios como guarderías públicas y flexibilidad laboral para padres. . 9. Marketing rural y atracción de nuevos pobladores • Campañas de promoción del municipio como un lugar atractivo para vivir. • Programas que faciliten la integración de nuevos residentes. **1O. Espacios Naturales Protegidos. * • Poner en valor sus características y usos. • Mejorar los accesos a los espacios naturales protegidos y su conservación. PROPUESTA DE ACUERDO ***Solicitamos al Pleno de Betancuria gue acuerde: * 1- Aprobar esta moción, para poder reunir condiciones efectivas, para que en nuestros pueblos volvamos a llenar los colegios, parques infantiles, centros culturales y en general propiciemos riqueza para poder tener un municipio con muchas mejoras y calidad de vida. 2- Se apliquen las medidas que ya se están llevando a cabo por parte de las otras administraciones públicas, para poder recuperar estos entornos, con riesgo de despoblación. 3- Se ponga la financiación necesaria, para llevarlas a cabo y se sigan buscando otras para seguir aplicando. Fdo. (Rubricado)” El Alcalde-Presidente inicia el debate del punto dando la palabra al portavoz del Grupo de Coalición Canaria, D. Enrique Pérez Brito que interviene exponiendo la moción en términos generales. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 17 / 34 Ayuntamiento de Betancuria Comenta asimismo que su grupo observa como un municipio como Fuencaliente de la Palma, una de las medidas que aprobó fue conceder una ayuda a la natalidad de 1.200,00 euros para todos los niños que nacieran en ese año 2024 y la mantuvieron para el 2025. Otros ayuntamientos han propuesto que se elimine o se reduzca al mínimo el impuesto para las nuevas licencias. Han concedido ayudas para el material escolar, pero también medidas incentivadoras para nuevos empresarios que se establezcan en el municipio; para el medio rural; fomento del empleo local; promoción del teletrabajo, ya que cada vez más los nómadas digitales están buscando municipios rurales como Betancuria; apoyo en la educación y en la formación. En general una serie de medidas muy importantes para un municipio como Betancuria. El Grupo de Coalición Canaria lleva comentando este tema hace años, el reto demográfico. Se observa en toda canarias, sobre todo en la provincia oriental que crece muchísimo y Betancuria es el único municipio de la provincia oriental que no crece y que muchas veces pierde población. Los municipios de la provincia occidental sí que han empezado a adoptar medidas y han reconocido que existe un problema en sus municipios y están intentando actuar para combatirlo. A pesar de que Coalición Canaria lleva años reivindicando este tema, el Grupo de Gobierno no quiere aceptarlo, ni reconocerlo. Coalición Canaria les invita a aprobar esa moción. Betancuria es ya un municipio saneado y estas medidas ya se pueden aplicar sin problemas, con lo cual se beneficiarían los residentes actuales, que no se marcharían, e incluso se podría conseguir que volviera a crecer. El Alcalde Presidente toma la palabra diciendo que en 2025 sí que ha subido la población de Betancuria, es cierto que no ha subido mucho pero la escasez de vivienda y la escasez de empleo son causas de la despoblación del municipio. Son datos del INEM a día de hoy, de los últimos cinco años. Hay acciones que están en la propuesta del grupo de Coalición Canaria que hoy en día se están llevando a cabo, no hay muchas cosas nuevas. Hay suministro de fibra óptica hay en casi todo el territorio del municipio, faltan algunas zonas, pero se está gestionando con el Gobierno su cobertura. En cuanto a las ayudas a empresarios, los ganaderos son empresarios, y hay ayudas para ellos y después, en general, dentro de los propios presupuestos del Ayuntamiento se han ido gestionando algunas más. En cuanto al impulso, se ha ido tramitando la potabilizadora con fondos europeos. Se está trabajando en esa línea y en otras distintas. El Ayuntamiento de Betancuria, de la única manera en la que puede avanzar es dotándose de servicios. Hay varios expedientes abiertos en ese sentido, para apoyar todas esas infraestructuras que en general el grupo de Coalición Canaria plantea en la moción, por este motivo adelanta que el grupo de Gobierno va a votar en contra El portavoz del grupo de Coalición Canaria responde que le parece muy pobre conformarse con los siete habitantes con los que se incrementa el padrón de habitantes, ya que esto en muchas ocasiones no es real porque por desgracia a lo largo del año fallecen muchas personas mayores. La fibra óptica no llega a todas partes, esto debe corregirse. En el Valle de Santa Inés llega a algunas casas y a otras no, no se está llegando a todas partes. El Grupo de Gobierno dice que está trabajando, como en la moción anterior, y Coalición Canaria no lo entiende. Llevan ya muchos años escuchando lo mismo, que están trabajando en ello. De estas medidas podrían pasar a detallar cuáles se están ejecutando, casi ninguna. El Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras, por ejemplo, es una medida bastante viable, bastante atractiva que puede motivar a fabricar. Hay casas en el Valle de Santa Inés y terreno tanto en el Valle como en Betancuria. Se podría fabricar adoptando medidas de este tipo, que ayudarían bastante. Igualmente el municipio dispone de muchas viviendas abandonadas. En un pueblo como la Vega del Río Palmas, en el que se cerró la escuela unitaria durante su gobierno y no se ha vuelto a abrir, y ya se está proyectando un albergue porque no se va a volver a abrir porque el grupo de gobierno no ha potenciado este tipo de medidas. El municipio está perdiendo servicios y población. En cuanto a las ayudas a ganaderos, no se han mencionado porque existen y se contemplaron en el presupuesto por una enmienda que presentó Coalición Canaria, que en un principio se rechazó y después sí que se contemplaron esas ayudas. Las medidas que propone el grupo son para bien y no van a suponer mucho coste económico para el Ayuntamiento, pero la actitud del grupo de gobierno sigue siendo la misma que en la legislatura anterior, rechazar todo lo que proponga Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 18 / 34 Ayuntamiento de Betancuria Coalición Canaria. No hay justificación para rechazar esta moción, pero el portavoz solicita al grupo de gobierno que al menos la tengan en cuenta, ya que al menos ha sido registrada. Si después el Grupo de Gobierno la hace suya, aunque ahora la rechacen, su grupo lo agradecerá. Son ideas que se aportan simplemente para mejorar el municipio de Betancuria. D. José Cerdeña Rodríguez pide la palabra para matizar una cuestión, y es que no solamente ha crecido la población en estos cinco años y no solo siete personas, sino cincuenta y ocho. D. Manuel Alejandro Méndez Domínguez interviene añadiendo que son empadronados, pero seguramente no residentes. Se procede a la primera votación del punto con el resultado de tres votos a favor y tres en contra. El Pleno de la Corporación Municipal ACUERDA en segunda votación con el resultado de tres votos a favor y tres en contra con el voto de calidad del Alcalde en contra**:** PRIMERO. Desestimar la moción presentada por el grupo de Coalición Canaria. SEGUNDO. Dar traslado del presente acuerdo al Portavoz del Grupo de Coalición Canaria en el Ayuntamiento de Betancuria, Don Enrique Pérez Brito. 7.- EXPEDIENTE 27/2025 DACIÓN DE CUENTAS AL PLENO DE LA RELACIÓN DE DECRETOS NÚM, 374 DE FECHA 27/09/2024 AL A LA NÚM. 561 DE 2024 Y DEL NÚM. 1 AL 43 DE 2025 DE FECHA 12 DE FEBRERO DE 2025. ACUERDOS QUE PROCEDAN. Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Resolución: Por la Secretaria-Interventora se da cuenta al Ayuntamiento Pleno de la relación de decretos desde el número 2024-0378, de fecha 3 de octubre 2024, al número 2024-0561, de fecha 30 de diciembre de 2024, y del número 2025-0001 de fecha 08 de enero de 2025 al número 2025-0043 de fecha de fecha 12/02/2025, cuya reseña se detalla a continuación: N Ú M E RO CONCEPTO 202 4 - 0 378 CONVOCATORIA SESIÓN PLENARIA ORDINARIA A CELEBRAR EL DÍA 08/10/2024. 202 4 - 0 379 CONTRATOS MENORES SEPTIEMBRE 2024. 202 4 - 0 380 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES 202 4 - 0 381 RECTIVICACIÓN ERROR CONVOCATORIA DEL PLENO RESOLUCIÓN Nº 378/2024. 202 4 - 0 382 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 383 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 19 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 202 4 - 0 384 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 385 CONTRATO DE SUMINISTRO: LICITACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE UN GENERADOR. 202 4 - 0 386 RECUROSOS HUMANOS PERMISOS. 202 4 - 0 387 LICENCIA OBRAS. 202 4 - 0 388 REPAROS (EJERCICIO 2024) HASTA SEPTIEMBRE 2024. 202 4 - 0 389 LICENCIA URBANÍSTICA PARA INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA DE AUTOCONSUMO. 202 4 - 0 390 CONTRATO DE SUMINISTRO: ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO TIPO 4x4 PARA SEGURIDAD Y EMERGENCIAS. 202 4 - 0 391 CONTRATO DE SUMINISTRO: ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO TIPO 4x4 PARA SEGURIDAD Y EMERGENCIAS. 202 4 - 0 392 CONTRATOS MENORES (EJERCICIO 2024). 202 4 - 0 393 APROBACIÓN DE PROYECTO Y FINANCIACIÓN PARA EL PLAN DE EMPLEO SOCIAL 2024- 2025. 202 4 - 0 394 SEGUROS SOCIALES (RLC) SEPTIEMBRE 2024. 202 4 - 0 395 NOMBRAMIENTOS ACCIDENTALES. 202 4 - 0 396 LICENCIA SEGREGACIÓN. 202 4 - 0 397 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 398 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 399 CESE DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO. 202 4 - 0 400 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 MODELO 111 (EJERCICIO 2024): TERCER TRIMESTRE (3T). Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 20 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 401 202 4 - 0 402 MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA: GENERACIÓN DE CRÉDITOS. 202 4 - 0 403 FRACCIONAMIENTO DEUDA TRIBUTARIA. 202 4 - 0 404 FRACCIONAMIENTO DEUDA TRIBUTARIA. 202 4 - 0 405 INCOACIÓN PENALIDAD POR DEMORA CONTRATO DE SUMINISTRO. 202 4 - 0 406 ALTA EN EL PADRÓNMUNICIPAL DE HABITANTE. 202 4 - 0 407 LICENCIA URBANÍSTICA. 202 4 - 0 408 CONCESIÓN LICENCIA URBANÍSTICA. 202 4 - 0 409 AUTORIZACIÓN GRABACIÓN. 202 4 - 0 410 RECAUDACIÓN APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 411 ABONO DE FACTURA CONTRATO DE SUMINISTRO. 202 4 - 0 412 DESIGNACIÓN DE ABOGADOS. 202 4 - 0 413 APROBACIÓN DE NÓMINAS (EJERCICIO 2024): MES OCTUBRE 2024. 202 4 - 0 414 DEVOLUCIÓN IMPORTE NO UTILIZADO EMERGENCIAS. EJERCICIO 2023. 202 4 - 0 415 CALENDARIO FISCAL 2025. 202 4 - 0 416 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 417 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 418 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 21 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 4 - 0 419 202 4 - 0 420 CAMBIO DE DOMICILIO EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 421 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 422 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 423 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 424 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 425 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 426 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 427 APROBACIÓN DE CONVENIO REGULADOR DE SUBVENCIÓN MUGABE 2024. 202 4 - 0 428 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 429 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 430 MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA: GENERACIÓN DE CRÉDITOS. 202 4 - 0 431 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 432 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 433 APROBACIÓN DE NÓMINAS - REGULARIZACIÓN DE LA NÓMINA DEL MES DE OCTUBRE DE 2024. 202 4 - 0 434 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 435 MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA: GENERACIÓN DE CRÉDITOS. PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA VII MUESTRA DE GANADO BETANCURIA (MUGABE) 2024. 202 4 - 0 436 MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA: GENERACIÓN DE CRÉDITOS. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 22 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 202 4 - 0 437 CESE DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO. 202 4 - 0 438 BONIFICACIÓN IVTM. 202 4 - 0 439 DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS. 202 4 - 0 440 24102TLUR APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 441 24102ICIO APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 442 24082IIVT APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 443 24102IIVT APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 444 RECAUDACIÓN BAJAS OFICIO OCTUBRE 2024. 202 4 - 0 445 FRACCIONAMIENTO DEUDA TRIBUTARIA. 202 4 - 0 446 FRACCIONAMIENTO DEUDA TRIBUTARIA. 202 4 - 0 447 FRACCIONAMIENTO DEUDA TRIBUTARIA. 202 4 - 0 448 FRACCIONAMIENTO DEUDA TRIBUTARIA. 202 4 - 0 449 CESE DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO. 202 4 - 0 450 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 451 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 452 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 453 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 CONTRATO MENOR. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 23 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 454 202 4 - 0 455 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 456 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 457 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 458 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 459 ALTA EN EL PADRÓN MUNCIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 460 ALTA EN EL PADRÓN MUNCIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 461 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES 202 4 - 0 462 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES 202 4 - 0 463 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 464 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 465 CESE DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO. 202 4 - 0 466 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 467 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 468 BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES POR TRASLADO DE RESIDENCIA AL EXTRANJERO. 202 4 - 0 469 APROBACIÓN DE BORRADOR DE CONVENIO AUTO DE LOS REYES MAGOS AÑO 2024. 202 4 - 0 470 ADJUDICACIÓN CONTRATO DE SUMINISTRO: ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO TIPO 4x4. 202 4 - 0 471 CAMBIO DE DOMICILIO DENTRO DEL MUNICIPIO PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 INTERCAMBIO MENSUAL DE DATOS DEL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES CON EL Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 24 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 4 - 0 472 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA (INE AYUNTAMIENTO) (AYUNTAMIENTO INE) AÑO 2024 FICHERO H35007IA.A24. 202 4 - 0 473 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 474 MODIFICACIÓN DE CRÉDITO. 202 4 - 0 475 BONIFICACIÓN IVTM ELÉCTRICO. 202 4 - 0 476 INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO DE REPOSICIÓN DE ACTOS DE NATURALEZA TRIBUTARIA. 202 4 - 0 477 INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO DE REPOSICIÓN DE ACTOS DE NATURALEZA TRIBUTARIA. 202 4 - 0 478 BONIFICACION IVTM. 202 4 - 0 479 BONIFICACION IVTM. 202 404 80 RECURSO DE REPOSICIÓN DE ACTOS DE NATURALEZA TRIBUTARIA. 202 4 - 0 481 CONTRATO MIXTO PARA LA REALIZACIÓN DEL "PROYECTO ESCENOGRÁFICO DEL AUTO DE LOS REYES MAGOS". 202 4 - 0 482 FACTURAS PENDIENTES DE PAGO V EDICIÓN DE "ROMANCE CON BETANCURIA" 2024. 202 4 - 0 483 CONTRATO MENOR SUMINISTRO Y SERIVICIOS PROFESIONALES. 202 4 - 0 484 MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA. 202 4 - 0 485 SEGUROS SOCIALES (RLC): SEPTIEMBRE (LIQUIDACIÓN DE DEUDAS). 202 4 - 0 486 SEGUROS SOCIALES (RLC): MES OCTUBRE 2024. 202 4 - 0 487 APROBACIÓN DE FACTURA. 202 4 - 0 488 REINTEGRO CANTIDADES PLAN CONCERTADO - SSSS. ATENCION PRIMARIA Y COMUNITARIA - EJERCICIO 2023. 202 4 - 0 489 CONTRATO MENOR: SUMINISTRO DE ALUMBRADO NAVIDEÑO. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 25 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 202 4 - 0 490 CONTRATO DE SUMINISTRO: ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO TIPO 4x4 202 4 - 0 491 CONTRATO DE SUMINISTRO: ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO TIPO 4x4. 202 4 - 0 492 CONTRATOS MENORES (EJERCICIO 2024). 202 4 - 0 493 APROBACIÓN DE PROYECTO Y FINANCIACIÓN PARA EL PLAN DE EMPLEO SOCIAL 2024- 2025. 202 4 - 0 494 RELACIÓN DE FACTURAS: MES OCTUBRE Y NOVIEMBRE. 202 4 - 0 495 AUTORIZACIÓN Y GASTOS RELATIVOS. 202 4 - 0 496 SUSTITUCIÓN ALCALDE ACCIDENTAL. 202 4 - 0 497 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 498 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 499 CONVOCATORIA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA Y URGENTE DE PARA EL DÍA 29/11 /2024. 202 4 - 0 501 CONVOCATORIA PLENO EXTRAORDINARIO DEJAR SIN EFECTO. 202 4 - 0 502 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 503 AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 504 APROBACIÓN DE NÓMINAS y FINIQUITOS CORRESPONDIENTES AL MES DE NOVIEMBRE (EJERCICIO 2024). 202 4 - 0 505 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 506 APROBACIÓN DE FINIQUITOS OCTUBRE (EJERCICIO 2024). 202 4 - 0 507 REVISIÓN DE OFICIO DE ACTOS NULOS. 202 4 - 0 REVISIÓN DE OFICIO DE ACTOS NULOS. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 26 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 508 202 4 - 0 509 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 510 CONTRATO DE SERVICIOS. 202 4 - 0 511 CONTRATO DE SERVICIOS. 202 4 - 0 512 CONTRATO DE SERVICIOS. 202 4 - 0 513 SUBVENCION AYUNTAMIENTO DIFUSION Y FOMENTO DE LA ARTESANIA AÑO 2024. 202 4 - 0 514 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 515 SEGUROS SOCIALES. 202 4 - 0 516 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL. 202 4 - 0 517 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 518 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 519 CONTRATACIÓN DE PRIMER TRABAJADOR PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE EMPLEO SOCIAL (PES) 2024-2025 202 4 - 0 520 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 521 CONTRATACION DE SUMINISTRO Y SERIVICIOS. 202 4 - 0 522 CONTRATO DE SERVICIOS. 202 4 - 0 523 CAMBIO DE DOMICILIO DENTRO DEL MUNICIPIO EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 524 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 525 MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS. 202 INTERCAMBIO MENSUAL DE DATOS DEL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES CON EL Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 27 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 4 - 0 526 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA INE AYUNTAMIENTO H35007IA.B24. 202 4 - 0 527 AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL. 202 4 - 0 528 LICENCIA DE OBRA. 202 4 - 0 529 LICENCIA DE OBRA. 202 4 - 0 530 LICENCIA DE OBRA PARA CONSTRUCCIÓN. 202 4 - 0 531 LICENCIA INNECESARIEDAD DE LICENCIA. 202 4 - 0 532 LICENCIA DE OBRAS. 202 4 - 0 533 MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS. 202 4 - 0 534 DOC2403T APROBACIÓN LIQUIDACIONES IBIU. 202 4 - 0 535 DOC2403TR LIQUIDACIONES RÚSTICA DOC-DGC 3T 2024. 202 4 - 0 536 24122IIVT APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 537 24122IBIU APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 538 24112IIVT APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 539 24112T1Y5 APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 540 24112BASDO APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 4 - 0 541 RECAUDACIÓN BAJAS OFICIO NOVIEMBRE Y PRINCIPIO EFICACIA 02T 2024. 202 4 - 0 542 CONTRATO MENOR MERCADILLO NAVIDAD. 502 4 - 0 543 CONTRATACIÓN DE FUNCIONARIO INTERINO. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 28 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 202 4 - 0 544 CONTRATACIÓN PERSONAL PARA PLAN DE EMPLEO 2024-2025. 202 4 - 0 545 APROBACIÓN DE NÓMINAS. 202 4 - 0 546 CONVOCATORIA SESIÓN PLENARIA EXTRAORDINARIA 26/12/2024. 202 4 - 0 547 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 4 - 0 548 APROBACIÓN DE PROYECTO PRODAE 2025. 202 4 - 0 549 CONTRATACIÓN PERSONAL PARA PLAN DE EMPLEO 2024-2025. 202 4 - 0 550 CONTRATACIÓN DE PERSONAL PARA PROGRAMA DE EMPLEO SOCIAL 2024-2025. 202 4 - 0 551 ADJUDICACIÓN CONTRATO MIXTO. 202 4 - 0 552 APORTACIÓN ECONÓMICA CAAF (EJERCICIO 2024). 202 4 - 0 553 APORTACIÓN ECONÓMICA MANCOMUNIDAD (ANUALIDAD 2024). 202 4 - 0 554 SEGUROS SOCIALES (RLC): NOVIEMBRE 2024. 202 4 - 0 555 CONTRATOS MENORES. 202 4 - 0 556 MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA. 202 4 - 0 557 MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA. 202 4 - 0 558 CONTRATO MENOR. 202 4 - 0 559 APROBACIÓN DIETAS POR ASISTENCIA A ÓRGANOS COLEGIADOS. 202 4 - 0 560 ADHESION Y SUBVENCION PRODAE 2025. 202 4 - 0 MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 29 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 561 202 5 - 0 001 CONTRATACIONES MENORES. 202 5 - 0 002 AUTORIZACIÓN DE ANTICIPO DE CAJA FIJA. 202 5 - 0 003 PROCEDIMIENTO JUDICIAL. 202 5 - 0 004 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 5 - 0 005 RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL EN LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA NÚMERO 2025- 0004 DE FECHA 13/01/2025. 202 5 - 0 006 JUSTIFICACIÓN Y CANCELACIÓN DEL ANTICIPO DE CAJA FIJA 2/2024. 202 5 - 0 007 AUTORIZACIÓN ANTICIPO DE CAJA FIJA ACF 3/2025. 202 5 - 0 008 MODELO 111 (4T EJERCICIO 2024). 202 5 - 0 009 SUSTITUCIÓN DEL ALCALDE-PRESIDENTE. 202 5 - 0 010 SEGUROS SOCIALES (RLC): DICIEMBRE DE 2024. 202 5 - 0 011 CONTRATOS MENORES. 202 5 - 0 012 LTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 5 - 0 013 INTERCAMBIO MENSUAL DE DATOS DEL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES CON EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA MES DE ENERO DE 2025. 202 5 - 0 014 CONTRATOS MENORES Y APROBACIÓN DE GASTOS CONJUNTOS. 202 5 - 0 015 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 5 - 0 016 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 5 - 0 017 APROBACIÓN DE NÓMINAS: MES ENERO DE 2025. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 30 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 202 5 - 0 018 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 5 - 0 019 APROBACIÓN DE LA AMPLIACIÓN PLAZO DE EJECUCIÓN SUMINISTRO VEHÍCULO EMERGENCIA. 202 5 - 0 020 CAMBIO DE DOMICILIO DENTRO DEL MUNICIPIO. 202 5 - 0 021 NOMBRAMIENTO DEFENSA JURÍDICA Y REPRESENTACIÓN. 202 5 - 0 022 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 5 - 0 023 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 5 - 0 024 LIQUIDACIONES RÚSTICA DOC-DGC 4T 2024. 202 5 - 0 025 APROBACIÓN LIQUIDACIONES IBIU. 202 5 - 0 026 AYUDA EMERGENCIA SOCIAL. 202 5 - 0 027 APROBACIÓN LIQUIDACIONES. 202 5 - 0 028 RECTIFICACIÓN ERROR MATERIAL RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA. 202 5 - 0 029 APROBACIÓN, RECONOCIMIENTO Y PAGO REMESA DE FACTURAS. 202 5 - 0 030 RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL EN LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA. 202 5 - 0 031 BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITATNES POR CAMBIO DE RESIDENCIA AL EXTRANJERO. 202 5 - 0 032 RECTIFICACIÓN DE ERRORES MATERIALES, DE HECHO O ARITMÉTICOS EXISTENTES EN ACTOS ADMINISTRATIVO. 202 5 - 0 033 CAMBIO DE DOMICILIO DENTRO DEL MUNICIPIO. 202 5 - 0 034 AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL. 202 5 - 0 APROBACIÓN DE LIQUIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS (REC). Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 31 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 035 202 5 - 0 036 COLABORACIÓN ECÓNOMICA. 202 5 - 0 037 AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL. 202 5 - 0 038 CAMBIO DE DOMICILIO DENTRO DEL MUNICIPIO. 202 5 - 0 039 APORTACIÓN ECONÓMICA A FAVOR DEL PATRONATO ASOCIADO DE LA UNED DE FUERTEVENTURA. 202 5 - 0 040 CAMBIO DE DOMICILIO DENTRO DEL MUNICIPIO. 202 5 - 0 041 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 5 - 0 042 CAMBIO DE DOMICILIO DENTRO DEL MUNICIPIO EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 202 5 - 0 043 PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. El Pleno de la Corporación, se dan por enterado. Concedida la palabra a los portavoces, y no produciéndose ninguna intervención al respecto, los señores asistentes a la sesión se dan por enterados de la relación de decretos. 8.-ASUNTOS DE URGENCIA. ACUERDOS QUE PROCEDAN. Favorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 3, En contra: 0, Abstenciones: 3, Ausentes:1 Resolución: Los miembros del Pleno del Ilmo. Ayuntamiento de Betancuria proceden a una primera votación sobre la urgencia de la sesión, con el resultado de tres votos a favor y tres abstenciones. Se realiza una segunda votación del punto en la cual es aprobado por tres votos a favor y tres abstenciones con el voto de calidad del Alcalde-Presidente. A continuación, la Secretaria procede a la lectura de la propuesta de la Alcaldía: 674/2023 Expediente: Designación de los representantes del Ayuntamiento de Betancuria en Órganos Colegiados PROPUESTA DE LA ALCALDÍA Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 32 / 34 Ayuntamiento de Betancuria Resultando: Que el pasado día 17 de junio de 2023, tuvo lugar la celebración de la sesión constitutiva del Ayuntamiento resultante de las pasadas Elecciones Locales celebradas el pasado día 28 de mayo de 2023. Considerando que se ha designar a los nuevos representantes del Ayuntamiento en los diferentes órganos colegiados, nombrados mediante acuerdo plenario de fecha 13/07/2024. Tras la renuncia de D. Marcelino Cerdeña Ruiz, al cargo de Alcalde y Concejal electo, tomando consideración de la misma el pleno de fecha 11/07/2024. En su virtud, en uso de las facultades que me están conferidas, se propone al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO: Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en el Primero. Comité Insular de , a los siguientes Concejales: Transportes - Don Enrique Cerdeña Méndez. Titular: - Don José Cerdeña Rodríguez. Suplente: Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en el Segundo. Patronato de , a los siguientes Concejales: Turismo - Don Enrique Cerdeña Méndez. Titular: - : Don José Cerdeña Rodríguez. Suplente Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en la Tercero. Mancomunidad , , a los siguientes Concejales: Centro - Sur de Fuerteventura - Don Enrique Cerdeña Méndez. Titular: - Don José Cerdeña Rodríguez. Vocal 1º: Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en el Quinto. Consejo Insular de , a los siguientes Concejales: Aguas - Don Enrique Cerdeña Méndez. Titular: - Don José Cerdeña Rodríguez. Suplente: . Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en el Sexto Consorcio de Aguas , a los siguientes Concejales: de Fuerteventura de Fuerteventura - Don Enrique Cerdeña Méndez. Titular: - Doña Esperanza González Méndez. Suplente: Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en el Séptimo. Consejo Municipal a los siguientes Concejales: de Patrimonio Histórico de Betancuria, - Don Enrique Cerdeña Méndez Presidente: - Doña Esperanza González Méndez. Vicepresidente: - Don José Cerdeña Rodríguez. Vocal: Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 33 / 34 Ayuntamiento de Betancuria Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria Noveno. Asociación para la Gestión a los siguientes Concejales: del Desarrollo Rural G.D.R. Maxorata - : Don Enrique Cerdeña Méndez. Titular - Suplente: Don José Cerdeña Rodríguez. . Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en Décimo Acción Costera , a los siguientes Concejales: Fuerteventura - Don Enrique Cerdeña Méndez Titular: - : Don José Cerdeña Rodríguez. Suplente Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en el Decimoprimero. programa , a los siguientes Concejales FDCAN Fuerteventura - Don Enrique Cerdeña Méndez, Alcalde-Presidente. - Don José Cerdeña Rodríguez. Teniente de Alcalde. Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en el Decimosegundo. Consejo de a los siguientes Concejales: Accesibilidad, - Don Enrique Cerdeña Méndez. Titular: - Don José Cerdeña Rodríguez. Suplente: Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en el Decimotercero. Patronato de , a los siguientes Concejales: Espacios Naturales Protegidos - Don Enrique Javier Cerdeña Méndez. Titular: - Don José Cerdeña Rodríguez. Suplente: Designar como representantes del Ayuntamiento de Betancuria en la Decimocuarto. Comisión de , a los siguientes Concejales: Seguimiento del PIOF - Don Enrique Javier Cerdeña Méndez. Titular: - : Don José Cerdeña Rodríguez. Suplente Dar traslado del presente acuerdo a los distintas Instituciones y Administraciones, Decimoquinto. así como a los representantes designados. En Betancuria, en la fecha de la firma digital. EL ALCALDE, D. Enrique J. Cerdeña Méndez” Tras la exposición del punto se procede a la primera votación del mismo con el resultado de tres votos a favor y tres abstenciones. Se realiza una segunda votación del punto, en la cual es aprobado por tres votos a favor y tres abstenciones con el voto de calidad del Alcalde-Presidente. Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025 34 / 34 Ayuntamiento de Betancuria 1. B) ACTIVIDAD DE CONTROL 9.- RUEGOS Y PREGUNTAS. El Alcalde-Presidente cede la palabra al portavoz del Grupo de Coalición Canaria, D. Enrique Pérez Brito. D. Enrique Pérez inicia el turno de preguntas con el ruego a la Secretaria-Interventora de que se les entreguen las respuestas a las preguntas realizadas en el pleno ordinario del ocho de octubre de 2024, ya que el plazo es de tres meses y es obligatorio contestarlas en el siguiente pleno. La Secretaria-Interventora le responde que el Alcalde se las va a entregar en el acto. El Alcalde-Presidente hace entrega de las respuestas a las preguntas realizadas en el pleno del ocho de octubre de 2024 a D. Enrique Pérez Brito, que a continuación procede a la lectura de las preguntas que el Grupo de Coalición Canaria va a realizar en la sesión plenaria ordinaria de 17 de febrero de 2025: 1.- ¿Por qué no se están sustituyendo las bajas de personal de esta institución? ¿Son conscientes de que afecta de forma clara al deterioro de los servicios que prestamos? 2.- ¿Qué está pasando con los parques infantiles? ¿Se está sancionando a la empresa por no cumplir con el contrato en tiempo y forma? 3.- Vemos que se convocó una reunión para la próxima celebración de MUGABE. ¿Se invitó al Cabildo a esa reunión, como máximo colaborador de esta muestra ganadera? 4.- ¿Qué pasa con los dos proyectos de Playa de Santa Inés, tanto la pavimentación de la carretera, como el muro de contención? Según hemos podido comprobar tenían las dos obras un plazo de ejecución de un mes. 5.- ¿Por qué no se ha cubierto la plaza del plan de empleo que falta? ¿Son conscientes de que vamos a tener que devolver todo ese dinero? No habiendo más asuntos a tratar se procede a levantar la sesión por el Alcalde-Presidente siendo las 10:34 horas. C) RUEGOS Y PREGUNTAS No hay asuntos ↩↩ DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 497CSE9FFC63DT5ENFDJFL9GS Verificación: https://betancuria.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 34 ACTA DEL PLENO Número: 2025-0012 Fecha: 21/10/2025