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En este Ayuntamiento se podrá presentar la instancia de queja o reclamación de dos formas:
El Ayuntamiento de Betancuria se esfuerza por alinear sus prácticas con la Directiva (UE) 2019/1937, enfocándose en la protección de los denunciantes que reportan infracciones del Derecho de la Unión. Como parte de este compromiso, se encuentra implementando el Portal del Denunciante, un sistema interno que permite la notificación confidencial de actividades ilegales o inapropiadas.
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, establece dos vías para la comunicación de irregularidades: una interna, dentro de la propia entidad, y otra externa, gestionada por la Autoridad Independiente de Protección del Denunciante (A.I.P.D.) o las autoridades autonómicas correspondientes. Este marco legal permite a cualquier persona con conocimiento de infracciones, ya sean empleados públicos, trabajadores autónomos, accionistas, o incluso aquellos bajo la supervisión de contratistas, reportar conductas indebidas.
El Canal del Denunciante no solo está diseñado para asegurar la confidencialidad y protección de quienes denuncian, sino también para garantizar la trazabilidad y seguridad de la información reportada. Se aceptan notificaciones sobre posibles delitos penales o administrativos, infracciones del Derecho de la Unión Europea, así como cualquier otra acción que afecte los intereses financieros de la Unión o incida en el mercado interior.
Además de los mecanismos internos, los denunciantes tienen a su disposición canales externos para reportar irregularidades, incluyendo la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), reforzando así el marco de transparencia y lucha contra la corrupción que promueve este ayuntamiento.
Hasta abril de 2026 no se han recibido denuncias a través de este canal.
